
Las casas de pronósticos deportivos en Ecuador acaban de entrar en una cancha de regulación estatal. La nueva Ley del Deporte y su reglamento, publicado el pasado 12 de junio, fijan por primera vez un marco detallado para una industria que en los últimos años inundó de publicidad el fútbol nacional.
Las plataformas ya no solo tendrán que responderle al SRI, pues ahora estarán bajo el control del Viceministerio del Deporte, deberán verificar la identidad de sus usuarios, transparentar sus pagos y someterse a reglas específicas de operación.
La regla principal apunta que ninguna plataforma puede operar legalmente en Ecuador sin una licencia. La autorización tiene una vigencia de cinco años y obliga a sus dueños a pagar, cada año, el equivalente a 655 salarios básicos unificados. Con el salario actual, eso representa más de USD 315 000 anuales.
Para obtenerla no basta con solicitarla. Los operadores deben acreditar que están al día con sus obligaciones tributarias, que tienen representación legal en el país, que su plataforma cumple estándares técnicos internacionales certificados por un laboratorio autorizado, y que cuentan con manuales de juego responsable y verificación de identidad de usuarios. También deben demostrar suficiencia financiera mediante estados auditados y presentar declaración juramentada de licitud de fondos por cada socio.
El procedimiento concreto de licenciamiento lo deberá desarrollar el Viceministerio del Deporte hasta octubre de 2026. Mientras tanto, los operadores que ya funcionan deben seguir cumpliendo sus obligaciones tributarias vigentes.

Las casas de pronósticos se convierten en sujetos obligados ante la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), lo que las iguala a bancos, cooperativas y otras entidades consideradas de riesgo en materia de lavado de activos.
De esta manera, deberán obtener su código de registro ante la UAFE, implementar sistemas de monitoreo de transacciones por niveles de alerta, verificar el origen de fondos cuando los usuarios superen ciertos umbrales mensuales, reportar operaciones inusuales y mantener registros detallados de depósitos, apuestas, retiros y pagos de premios durante al menos diez años.
El reglamento también crea una Unidad Complementaria Antilavado dentro del ente rector, con funciones de coordinación e intercambio de información con la UAFE y otros organismos de control.
El reglamento también define la forma en que los usuarios pueden depositar y retirar dinero. Las plataformas solo podrán aceptar cuatro canales de pago y cada uno tiene topes específicos por transacción, por día y por mes.
Quien use cuenta bancaria o tarjeta de débito podrá cargar hasta USD 1 000 por operación, con un tope diario de USD 1 700 y un máximo mensual de USD 19 500. Para tarjetas de crédito y prepago, los límites son más ajustados: USD 350 por transacción, USD 550 al día y USD 6 100 al mes.
Los pagos en efectivo, solo en puntos físicos autorizados, tienen un techo de USD 500 por operación, USD 5 000 diarios y USD 9 900 mensuales.
Quedan fuera las criptomonedas y cualquier billetera digital no supervisada por la Superintendencia de Bancos. Toda operación, sin importar el canal, exige verificación de identidad y queda sujeta a monitoreo antifraude y antilavado.
La nueva ley impacta directamente en los usuarios: desde la publicación del reglamento, los operadores están obligados a aplicar una retención del 15 % sobre el valor total de cada premio obtenido por el jugador, por cada evento pronosticado. El dinero llega, pero llega menos de lo que aparece en pantalla.
El reglamento incluso anticipó un período retroactivo: los premios acumulados entre el 1 de junio y el día anterior a la publicación del decreto deben someterse también a retención, calculada sobre el monto consolidado de ese período.
Jugadores, entrenadores y sus familias no pueden apostar
La Ley también cierra una puerta que antes estaba abierta: jugadores, entrenadores y dirigentes no pueden apostar en el deporte en el que trabajan. Tampoco sus familiares cercanos. Y ningún directivo puede tener participación económica ni vínculos comerciales con una casa de pronósticos.
Aún las autoridades no han abordado si esto ocasionará problemas con los clubes ecuatorianos que tienen contratos de patrocinio con estas plataformas.
El reglamento también permite al Viceministerio del Deporte que prohiba modalidades específicas de pronósticos que presenten riesgo de manipulación. Entre las que podrían quedar fuera del mercado están las apuestas sobre eventos que no inciden en el resultado final, sobre el desempeño individual de jugadores susceptible de arreglo, sobre competiciones de bajo nivel profesional sin supervisión adecuada, y las apuestas en tiempo real que impliquen riesgos desproporcionados de integridad.
Es una facultad, no una prohibición automática, pero abre la puerta a que las autoridades recorten significativamente el catálogo de productos que hoy ofrecen las plataformas más grandes del mercado.
Influencers bajo lupa
La normativa apunta directamente a los creadores de contenido: quienes promocionen operadores sin licencia podrán enfrentar responsabilidades por esa difusión. El ente rector puede sancionar la publicidad realizada a través de medios de comunicación, influencers o cualquier otro formato, incluyendo las plataformas de pago que faciliten la actividad de operadores no autorizados.
También se ordena que las plataformas no dirijan publicidad a menores de edad ni incluirlos en sus piezas. No podrán crear falsas expectativas de ganancia ni ofrecer bonos que induzcan a error y toda comunicación deberá llevar un mensaje de juego responsable.
Las plataformas que esquiven la nueva Ley del Deporte reformada enfrentarán sanciones severas. El reglamento faculta a las autoridades a ordenar la suspensión inmediata y el bloqueo de esas platagormas. Esto incluye inhabilitar el dominio web, bloquear las aplicaciones móviles y cortar los medios de pago, en un esfuerzo coordinado por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, el Servicio de Rentas Internas y el Banco Central del Ecuador.

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